Caso 1: Principio de Primacía de la Realidad. Por lo que deberá actualizarse su categoría y pagarle la diferencia salarial de forma retroactiva.
Caso 2: Es parte del principio de continuidad. Si vencido el período de prueba el empleador no manifiesta desconformidad con el desempeño del trabajador el vínculo laboral pasará a ser por plazo indeterminado.
Caso 3: Aplica el principio de razonabilidad. Se supone que existe honradez y honestidad en el accionar de las partes de una relación laboral. El principio de razonabilidad se aplica para poner límite a ciertas situaciones de arbitrariedad. Según este principio, las sanciones deben ser razonables y progresivas, por lo cual el despido sería una acción no razonable e infudada.
Caso 4: Aplica el principio de NO discriminación, ya que aparentemente, la única diferencia sería el sexo de ambos trabajadores.
Caso 5: Todo aquel trabajador que quiera gozar de licencia por estudio deberá tener una antigüedad de 6 meses en la empresa. El goce de las licencias es irrenunciable.
Y además en este caso, que es por estudio, ya está estipulado la cantidad de días que le corresponden y dependerá de las horas semanales que trabaje el empleado.
Si trabaja hasta 36 horas semanales, le corresponden 6 días en el año.
Si trabaja entre 36 y 48 horas semanales, le corresponden 9 días en total, a lo largo de todo el año.
Y si trabaja más de 48 horas, le corresponden 12 días.
Por lo tanto, NO se toma en cuenta esa cláusula del contrato en donde dice que debe de esperar a que hayan pasado 3 años para poder pedir licencia por estudio.