Respondiendo Consigna

Respondiendo Consigna

by ADRIAN ESCOBAR -
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Derecho Laboral: Conjunto de normas orientadas a regular las relaciones laborales existentes entre empleadores y trabajadores, con la intervención del Estado como garante de los mismos. Se compone de normas de Derecho Individual, Derecho Colectivo y Derecho de la Seguridad Social. En el Derecho Laboral priman ciertos principios que ayudan a interpretar las normas y aplicar la más beneficiosa para el trabajador, independientemente de su jerarquía jurídica.

  • ¿Cuáles son los principales derechos de los/las trabajadores/as? 

Los trabajadores tendrán derecho a los siguientes beneficios legales mientras se encuentra vigente la relación de trabajo.

Pago del Salario: Todo empleado tiene derecho al cobro de su salario. El salario debe ser pagado básicamente en dinero. Se puede pagar una parte del salario en especie, pero está prohibido pagar íntegramente el salario en especie.

Horario de trabajo /limitación de la jornada: Existe una doble limitación en el horario de trabajo: limitación diaria (ocho horas) y limitación semanal (que puede dividirse en dos regímenes generales: Industria, 48 horas semanales, y comercio, 44 horas semanales). En acuerdo con el trabajador se puede reducir el horario de trabajo.

Pago de Horas Extras: Las horas de trabajo que exceden la limitación legal o convencional de la jornada de trabajo, genera el pago de horas extras. La hora extra en día hábil genera un recargo del 100% sobre la hora común. La hora extra en día de descanso genera un recargo del 150% sobre la hora común. Los empleados no pueden ser obligados a trabajar horas extras, salvo que sea indispensable o en casos de fuerza mayor.

Goce del Descanso Semanal: Existen dos regímenes generales: Industria: El descanso es el día domingo o se descansa un día cada seis días de trabajo (descanso rotativo). Comercio: El descanso es de 36 horas semanales. En general es a partir del mediodía del día sábado y todo el domingo (semana inglesa). Se pueden autorizar regímenes de descanso especiales, consistentes en descanso el día domingo y mediodía del día lunes o descanso en forma rotativa y continuada de 36 horas en cualquier momento de la semana (rotativo).

Pago del Aguinaldo: Es un pago en dinero que deben recibir los empleados en determinadas épocas del año (Junio y diciembre). Equivale a la doceava parte de los salarios en dinero percibidos por el empleado de su empleador en los períodos Junio-Noviembre y Diciembre-Mayo.

Goce de la Licencia

Goce de Licencias especiales

Licencias pagas por el empleador; Licencia por Estudio, Licencia por Paternidad, Licencia por Adopción y Legitimación Adoptiva, Licencia por matrimonio, Licencia por duelo, Licencia por actividad sindical.

Licencias no pagas por empleador (el costo lo asume el Estado);Licencia especial por maternidad.

Pago del Salario Vacacional

Goce de Feriado

Licencia por Paternidad

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Re: Respondiendo Consigna

by Mariana Ferraro Umpiérrez -
Buenas tardes Adrián, ¿cómo estas?
Gracias por la realización de la tarea. Excelente trabajo!
Saludos,
MF